Ordenanza N° 1626/13

MODIFIQUESE el Artículo 2°) correspondiente a la Ordenanza N°1521/12 el cual quedará redactado de la siguiente manera: «Por el dictado de Decreto de Obligaciones cumplidas y con carácter previo a su emisión se abonará el importe de 1000 (mil) U.F.»

DEROGADA POR ORDENANZA N° 2293/22.-