EXIMIR a la Sra. Jorgelina ALTAMIRANO, del Pago de Impuesto Inmobiliario y Servicios Retribuidos al inmueble ubicado en la Mza. 1.524 – Lote 3, correspondiente a los Periodos Fiscales 2015 y 2016 inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 1063/07.