PARA los casos de terrenos caducados de recupero que tengan más de dos servicios y se encuentren en una zonificación urbana de mayor relevancia se establece un valor de base de 333,3 (trescientos treinta y tres con tres) Unidades Fijas, pudiendo incrementarse de acuerdo a las condiciones generales del mismo y así lo disponga el Departamento Ejecutivo Municipal. DERÓGUESE, la Ordenanza N° 1824/16 y el Decreto Municipal N° 210/2016.