ESTABLECER, que la valuación del Sistema de Estacionamiento Medido (SEM), de acuerdo a lo estipulado por el Art. 6° de la Ordenanza Municipal N° 876/2004, será de 19 Unidades Fijas (U.F.) cada media hora, pudiendo el Departamento Ejecutivo Municipal realizar las actualizaciones necesarias de acuerdo a lo establecido por el Art. 12° de la citada Ordenanza.