AUTORIZAR, al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar los mecanismos y procedimientos necesarios para la aplicación de la Ley Provincial N° 2.646.
El Departamento Ejecutivo Municipal podrá ejecutar otros procedimientos de enajenación de los vehículos comprendidos por la Ley Provincial N° 2.646, por razones de: remates desiertos, remanentes de remates o materiales de desguace sin demanda; los cuales deberán ser informados, una vez finalizado el proceso, al Honorable Concejo Deliberante.